Constituyente de Maduro es una estafa indecente al país
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07/05/2017 | 11:01 PM
Raúl Alvarez González.- Para el precandidato independiente a la Gobernación de Barinas, Neyl Arévalo, la Asamblea Nacional Constituyente Comunal propuesta por el presidente Maduro es una estafa más a la nación , porque la Asamblea Constituyente real está contenida en el titulo 9 capítulo 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, “ en sus artículos 347, 348 y 349 y 350 inclusive, del cual el Gobierno no habla por cuanto cuando se activa el proceso constituyente automáticamente y esto es algo fundamental que el pueblo tenga bien en cuenta”, acotó
Destacó Arévalo quien ha participado activamente en las distintas concentraciones y marchas pacíficas convocadas por la Unidad que, los vicios de inconstitucionalidad en la pretendida imposición de Asamblea Nacional Constituyente, por iniciativa presidencial, convertida en "decreto" invocando los artículos 2, 70, 236, 347 y 348 de la Constitución Nacional, según su propio argumento, ante la presidencia del CNE, al momento de consignar, de manera formal, tal aberración jurídica”, precisó.
Recalcó Arévalo que, los factores democráticos de este país no pueden admitir bajo ningún concepto ir a un proceso constituyente bajo un esquema que de por sí, según sostiene, ya está viciado de nulidad y por otro lado, aseguró que no es momento de acudir a una ANC, “ porque la única posibilidad que considero los venezolanos podrían prestarle atención al Presidente en su intento loco de este proceso, es que el Gobierno llene los anaqueles de comida, los hospitales de insumos, aparezcan las medicinas, garanticen seguridad ciudadana y que los servicios públicos funcionen y solamente bajo un esquema de tranquilidad y cierta paz real social, es que podría el pueblo venezolano retornar a ciertos niveles de cordura para prestar atención a un proceso eleccionario”, sentenció
Argumentó por último el también jurista barinés que, la vía jurídica y expedita para detener y abortar, tal adefesio, radica en los artículos 74 y 350 constitucionales, que deberán ser activados, respectivamente, por la vía de referéndum abrogatorio para lo que se requiere el 5% en recaudación de firmas de la población electoral para convocarlo, a fin de garantizar la debida protección a la Carta Magna vigente, frente a la inminente amenaza de derogación fraudulenta, que representa tal aberración jurídica, como es, la denominada Asamblea Nacional Constituyente "Comunal"; inexistente en nuestra Constitución y norma fundante, de todo el ordenamiento jurídico venezolano, puntualizó.
Foto: Neyl Arévalo, “existen vicios de inconstitucionalidad en la pretendida imposición de Asamblea Nacional Constituyente, por iniciativa presidencial, convertida en "decreto". (foto RAG)